Piden regular el turismo colaborativo

Lun, 25/11/2019

Rut González, a la izquierda de la imagen

La profesora de la Universidad a Distancia de Madrid, UDIMA, Rut González, doctora en Derecho, urge determinar el papel que tienen las plataformas de turismo colaborativo y la calificación jurídica de los servicios que prestan, puesto que en ocasiones no son meros prestadores de servicios de la sociedad de la información, sino que ofrecen otros servicios.

Redacción UDIMA Media

Esta es la tesis que sostuvo durante su participación en el Congreso Internacional de Alojamiento Colaborativo, que acogió la Universidad de Almería, en el que participó con la comunicación "Prestador del servicio, usuarios y plataformas colaborativas".

La doctora González expuso que el turismo colaborativo es hoy ya una realidad, que se ha unido a la oferta de alojamiento tradicional. Ello ha conllevado “grandes cambios” en los que las nuevas tecnologías, y en concreto, las plataformas creadas en torno a esta actividad, “han tenido un papel protagonista, alcanzando una gran dimensión como agentes intervinientes”.

En este contexto, agrega, las relaciones contractuales tradicionales se transforman, interviniendo tres partes, con la “consiguiente dificultad” de la calificación de las plataformas colaborativas. Aunque reconoce estas plataformas tienen un gran potencial, no obstante “se hace preciso determinar su naturaleza jurídica y la normativa que se les debe aplicar”.

Precisamente, la jurista de la UDIMA advierte que una de las principales cuestiones que se suscitan en cuanto a este tipo de alojamiento es que es “complicado” calificar la actuación de los prestadores de servicios como empresarios o particulares. Surge el problema de cuándo puede considerarse al prestador del servicio como empresario y se manifiesta especialmente en prestaciones de servicios a través de plataformas de economía colaborativa.

Por todo ello, Rut González sostiene que la normativa debe perseguir que el consumidor sepa si el contrato se celebra con un comerciante o con un particular y si se aplica la legislación de protección al consumidor para, de esta manera, tratar de aumentar la confianza de los usuarios.

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