



| Código de la asignatura | 10645 |
|---|---|
| Nº Créditos ECTS | 6 |
| Tipo | Obligatoria |
| Duración | Semestral |
| Idiomas | Castellano |
| Planes de estudio | |
| Profesor(es) | |
| Año académico | 2026-27 |
La asignatura se adentra en la regulación central y básica que rige la actuación de las Administraciones Públicas. Constituye la principal herramienta del jurista para defender al ciudadano de los posibles abusos del actuar administrativo y, a la vez, explica la razón de la superioridad administrativa frente a los administrados. Se concreta y detalla el contenido de la asignatura Fundamentos de Derecho Administrativo sin cuyos conocimientos previos, principalmente los referidos a la organización de las Administraciones Públicas, se hace especialmente dificultoso el estudio y comprensión de ésta.
Los contenidos se refieren al procedimiento común que deben seguir todas las administraciones, la forma y contenido de sus actos y actuaciones, para terminar adentrándose en la importante contratación administrativa, parte importantísima del sistema económico que, al igual que el resto de la actividad administrativa, se realiza por medios electrónicos.
Para el estudio del resto de las asignaturas que componen el Módulo de Derecho Administrativo, resulta esencial comprender y aplicar los conceptos fundamentales que se explican aquí, por lo que se aconseja su previa superación.
Conocimientos o contenidos
Competencias
Habilidades o destrezas
El profesor aporta un seguimiento individualizado de la actividad del estudiante para asegurar las mejores condiciones de aprendizaje mediante la tutorización a través de las herramientas de la plataforma educativa y/o de las tutorías telefónicas. En estas tutorías los estudiantes pueden consultar a los profesores las dudas acerca de la materia estudiada.
Jiménez Zúñiga, R. "Procedimiento, actos y contratos administrativos". Ed: UDIMA.
La normativa básica sobra la que se apoya la asignatura es la siguiente:
Además, se recomienda la siguiente bibliografía de consulta voluntaria:
Últimas ediciones de:
| SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
|---|---|---|
| Semana 1 | Tema 1. El procedimiento administrativo (I) 1.1. Concepto 1.2. Naturaleza 1.3. Regulación 1.4. Los sujetos del procedimiento administrativo 1.5. Iniciación del procedimiento administrativo |
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| Semanas 2 y 3 | Tema 2. El procedimiento administrativo (II) 2.1. Instrucción del procedimiento administrativo 2.2. La terminación del procedimiento. La resolución 2.3. La terminación por decisión del interesado: el desistimiento y la renuncia 2.4. La terminación por inactividad: la caducidad 2.5. La terminación convencional del procedimiento 2.6. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común (art. 96 de la LPAC) |
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| Semana 4 | Tema 3. Los actos administrativos (I) 3.1. Actos de la Administración General del Estado. Introducción 3.2. Concepto de acto administrativo 3.3. Elementos del acto administrativo 3.4. La forma del acto administrativo 3.5. La motivación de los actos administrativos 3.6 La comunicación de los actos administrativos |
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| Semana 5 | Tema 4. Los actos administrativos (II) 4.1. Clasificación de los actos administrativos 4.2. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo 4.3. Regulación del acto presunto en la Ley de procedimiento administrativo común 4.4. Eficacia del acto administrativo. Regla general: presunción de validez y obligación de cumplimiento inmediato 4.5. Cesación de la eficacia: la suspensión y sus clases |
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| Semanas 6 y 7 | Tema 5. Los actos administrativos (III) 5.1. La teoría de la invalidez en el derecho administrativo. Grados de invalidez de los actos administrativos: nulidad y anulabilidad 5.2. Estudio específico de los supuestos legales de nulidad de pleno derecho 5.3. La anulabilidad de los actos administrativos 5.4. Convalidación, conversión y conservación de los actos inválidos 5.5. Ejecución de los actos administrativos 5.6. Extinción de los efectos del acto administrativo |
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| Semana 8 | Tema 6. Contratos administrativos (I) 6.1. Texto refundido de la Ley de contratos del sector público. Ámbito de aplicación 6.2. Clasificación de los contratos del sector público 6.3. Órganos de contratación 6.4. Responsable del contrato y perfil del contratante 6.5. El contratista 6.6. Uniones de empresarios 6.7 Sucesión del contratista |
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| Semanas 9 y 10 | Tema 7. Contratos administrativos (II) 7.1. El objeto, el precio y el valor estimado del contrato 7.2. Revisión de precios en los contratos de las Administraciones públicas 7.3. Plazo de duración 7.4. Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato 7.5. Perfección y formalización de los contratos de las Administraciones públicas 7.6. Las garantías en los contratos administrativos |
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| Semanas 11 y 12 | Tema 8. Contratos administrativos (III) 8.1. La preparación de los contratos: el expediente de contratación 8.2. Los pliegos 8.3. Procedimientos de selección del adjudicatario de los contratos de las Administraciones públicas 8.4. Procedimiento de adjudicación abierto 8.5. Procedimiento de adjudicación restringido 8.6. Procedimiento de adjudicación negociado 8.7. Diálogo competitivo |
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| Semanas 13 y 14 | Tema 9. Contratos administrativos (IV) 9.1. La invalidez de los contratos. Revisión de oficio 9.2. Recurso especial en materia de contratación (arts. 40 a 50) 9.3. El aseguramiento de los intereses públicos. Prerrogativas de la Administración pública 9.4 La ejecución del contrato administrativo: efectos, cumplimiento y pago 9.5. La extinción de los contratos recepción y el plazo de garantía 9.6. Cesión de los contratos y subcontratación 9.7. Registros oficiales |
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| Semana 15 |
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| Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. | |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de evaluación continua de actividades y resolución de supuestos o casos prácticos.
- Un examen final que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de cero (0) a diez (10), tendrá una duración estimada de noventa (90) minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test con preguntas de opción múltiple y una parte de desarrollo teórico-práctica.
Para poder presentarse al examen final, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible alcanzar una calificación mínima de cinco (5) puntos sobre diez (10) en la evaluación continua del curso (dos [2] sobre cuatro [4] en el total del curso).
El estudiante que se presente al examen final sin cumplir dicho requisito será calificado con un cero en él sin entrar en su corrección y consumirá convocatoria.
La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula. Dentro de la parte tipo test, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar.
Para superar la asignatura será necesario que el examen esté aprobado (calificación mayor o igual que cinco [5] sobre diez [10]).
Cuadro resumen del sistema de evaluación
| Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
|---|---|---|
| Evaluación continua de actividades | 6 | 20% |
| Resolución de supuestos o casos prácticos | 2 | 20% |
| Examen final | Sí | 60% |
| Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre. El estudiante que no se presente a la convocatoria de febrero y/o de julio ni a la de septiembre, perderá automáticamente todos los trabajos realizados a lo largo del curso. Deberá en este caso matricularse de nuevo en la asignatura.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Originalidad de los trabajos académicos
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
Sistema de calificaciones
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU)
5.0 - 6.9: Aprobado (AP)
7.0 - 8.9: Notable (NT)
9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
Matrícula de honor (MH)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
La matrícula de honor se concede cuando el profesor lo considere oportuno en función de la excelencia de las actividades realizadas por el estudiante y las calificaciones obtenidas por el resto del grupo. No obstante, los criterios académicos de su concesión corresponden al departamento responsable de cada grado.