



| Código de la asignatura | 10670 |
|---|---|
| Nº Créditos ECTS | 6 |
| Tipo | Optativa |
| Duración | Semestral |
| Idiomas | Castellano |
| Planes de estudio | |
| Profesor(es) | |
| Año académico | 2026-27 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado previamente la asignatura de “Derecho del Trabajo”, permite al estudiante profundizar en una de las dimensiones esenciales del ordenamiento laboral: la vertiente colectiva de las relaciones laborales. Esta asignatura comprende el estudio de los derechos de las personas trabajadoras a fundar sindicatos y afiliarse a los de su elección, así como el derecho de los sindicatos ya constituidos al ejercicio libre de las funciones que les son atribuidas para la defensa de sus intereses, la negociación colectiva como manifestación privilegiada de la autonomía colectiva, así como los canales de representación de los intereses de las personas trabajadoras y de los sindicatos en la empresa.
El profesor aporta un seguimiento individualizado de la actividad del estudiante para asegurar las mejores condiciones de aprendizaje mediante la tutorización a través de las herramientas de la plataforma educativa y/o de las tutorías telefónicas. En estas tutorías los estudiantes pueden consultar a los profesores las dudas acerca de la materia estudiada.
Manual de la asignatura:
Martín Rodríguez, O. (2023). Lecciones de Derecho Sindical. Madrid, CEF.
Además, se recomienda la siguiente bibliografía de consulta voluntaria:
| SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
|---|---|---|
| Semanas 1 | Capítulo 1. Origen y evolución del derecho sindical en España. Fuentes del Derecho sindical. Sindicatos y asociaciones empresariales 1. Contextualización del derecho sindical 2. Evolución histórica del sistema sindical español 3. Los sindicatos 4. Los sindicatos del funcionariado 5. Fuentes del derecho sindical 6. Asociaciones de empresarios 7. La autonomía colectiva |
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| Semanas 2 y 3 | Capítulo 2. La libertad sindical y su tutela jurídica 1. La libertad sindical: titularidad y contenido del derecho de libertad sindical 2. Representatividad de sindicatos 3. Tutela de la libertad sindical |
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| Semanas 4 y 5 | Capítulo 3. Los conflictos colectivos de trabajo y los procedimientos para su solución 1. Delimitación de los conflictos colectivos 2. Procedimientos de solución de conflictos colectivos |
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| Semanas 6 y 7 | Capítulo 4. La huelga y el derecho de huelga 1. Concepto de huelga y elementos 2. Clases de huelga 3. El derecho de huelga y su regulación jurídica 4. Garantías del derecho de huelga 5. Titulares y contenido del derecho de huelga 6. Huelgas ilegales y abusivas 7. Procedimiento para el ejercicio del derecho de huelga 8. Efectos de la huelga legal 9. Efectos de la huelga ilegal |
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| Semana 8 | Capítulo 5. Cierre patronal 1. Concepto de cierre patronal 2. Marco constitucional y regulación jurídica 3. Clases de cierre patronal 4. Causas lícitas de cierre patronal 5. Procedimiento 6. Finalización 7. Efectos |
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| Semana 9 | Capítulo 6. La negociación colectiva 1. Concepto y funciones 2. Otros mecanismos de interacción de los representantes 3. Derecho constitucional a la negociación colectiva. 4. Sistemas de negociación colectiva 5. Estructura de la negociación colectiva 6. El convenio colectivo de trabajo 7. Tipología de convenios 8. Acuerdos de empresa 9. La negociación colectiva europea |
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| Semanas 10 y 11 | Capítulo 7. El convenio colectivo de eficacia general 1. Naturaleza jurídica y eficacia del convenio colectivo estatutario general o erga omnes 2. Inaplicación o descuelgue del convenio colectivo 3. Unidad de negociación y límites 4. Sujetos negociadores o partes del convenio colectivo 5. Contenido de los convenios colectivos 6. Tipo de cláusulas en los convenios colectivos 7. Elaboración de los convenios colectivos 8. Adhesión y extensión a un convenio colectivo 9. Concurrencia de convenios colectivos 10. Impugnación judicial de los convenios colectivos |
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| Semana 12 | Capítulo 8. La representación unitaria o colectiva de las personas trabajadoras en los centros de trabajo o empresas 1. Doble vía de representación de las personas trabajadoras en los centros de trabajo o en la empresa 2. Los órganos de representación unitaria: delegados/as de personal y comités de empresa 3. Procedimiento de elección de la representación unitaria 4. Competencias o atribuciones de los órganos de representación unitaria 5. Garantías de la representación unitaria 6. La representación unitaria en el ámbito del empleo público 7. Representación especial en materia de prevención de riesgos laborales 8. Derecho de reunión en los centros de trabajo |
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| Semanas 13 y 14 | Capítulo 9. La representación sindical de los trabajadores en los centros de trabajo o empresas 1. La representación sindical 2. Derechos de las personas trabajadoras afiliadas a un sindicato a la actividad sindical en el centro de trabajo 3. Permiso retribuido para la realización de las funciones sindicales |
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| Semana 15 | Capítulo 10. La representación de las personas trabajadoras en el espacio europeo 1. Debate europeo sobre la participación de las personas trabajadoras en las empresas transnacionales 2. Formas institucionales de implicación de las personas trabajadoras en la sociedad anónima europea 3. Los comités de empresa europeos y los derechos de información y consulta de las personas trabajadoras en las empresas y grupos de empresa de dimensión comunitaria |
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| Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. | |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de evaluación continua de actividades y resolución de supuestos o casos prácticos.
- Un examen final que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test con preguntas de opción múltiple, una parte de desarrollo teórico y una parte práctica.
Para poder presentarse al examen final, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua:
El estudiante que se presente al examen final sin cumplir dichos requisitos será calificado con un cero en él sin entrar en su corrección y consumirá convocatoria.
La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula. Dentro de la parte tipo test, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar.
Para superar la asignatura será necesario que el examen esté aprobado (calificación mayor o igual que cinco [5] sobre diez [10]).
Cuadro resumen del sistema de evaluación
| Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
|---|---|---|
| Evaluación continua de actividades | 6 | 20% |
| Resolución de supuestos o casos prácticos | 2 | 20% |
| Examen final | Sí | 60% |
| Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre. El estudiante que no se presente a la convocatoria de febrero y/o de julio ni a la de septiembre, perderá automáticamente todos los trabajos realizados a lo largo del curso. Deberá en este caso matricularse de nuevo en la asignatura.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Originalidad de los trabajos académicos
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
Sistema de calificaciones
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU)
5.0 - 6.9: Aprobado (AP)
7.0 - 8.9: Notable (NT)
9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
Matrícula de honor (MH)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
La matrícula de honor se concede cuando el profesor lo considere oportuno en función de la excelencia de las actividades realizadas por el estudiante y las calificaciones obtenidas por el resto del grupo. No obstante, los criterios académicos de su concesión corresponden al departamento responsable de cada grado.