



| Código de la asignatura | 10698 |
|---|---|
| Nº Créditos ECTS | 6 |
| Tipo | Optativa |
| Duración | Semestral |
| Idiomas | Castellano |
| Planes de estudio | |
| Profesor(es) | |
| Año académico | 2026-27 |
La asignatura de Derecho de la Comunicación, optativa en el Grado en Derecho, ofrece una visión aplicada del marco jurídico que regula la actividad comunicativa en las organizaciones, con especial atención a sus implicaciones legales y éticas.
Aborda el marco legal de la comunicación desde una perspectiva práctica, incluyendo la protección de datos y la privacidad, la propiedad intelectual y los derechos de autor, así como la responsabilidad jurídica en la elaboración y difusión de contenidos.
Asimismo, analiza la regulación de la comunicación corporativa en entornos digitales y globalizados. Incorpora una dimensión ética orientada al análisis de los desafíos legales y su impacto social, promoviendo valores democráticos, derechos fundamentales, igualdad, accesibilidad y sostenibilidad.
Además, desarrolla competencias para actuar con criterios deontológicos, gestionar riesgos legales y tomar decisiones responsables en contextos profesionales cambiantes.
El profesor aporta un seguimiento individualizado de la actividad del estudiante para asegurar las mejores condiciones de aprendizaje mediante la tutorización a través de las herramientas de la plataforma educativa y/o de las tutorías telefónicas. En estas tutorías los estudiantes pueden consultar a los profesores las dudas acerca de la materia estudiada.
Guichot, E. (Coord.). (2025). Derecho de la comunicación (7.ª ed.). Iustel.
Además, se recomienda la siguiente bibliografía de consulta voluntaria:
Artículos académicos (acceso abierto) de lectura recomendada:
La normativa básica sobre la que se apoya la asignatura es la siguiente:
| SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
|---|---|---|
| Semanas 1 y 2 | Tema 1. Aspectos constitucionales del derecho de la comunicación I 1.1. La libertad de expresión y la libertad de información como derechos fundamentales (art. 20 CE) 1.2. La libertad de información y sus límites constitucionales 1.3. Requisitos constitucionales de la libertad de información: veracidad informativa y diligencia profesional 1.4. La protección constitucional frente a la desinformación 1.5. Prohibición de la censura previa y del secuestro de publicaciones (art. 20.2 CE) 1.6. Titularidad de los derechos a la libertad de expresión e información 1.7. Protección especial de los profesionales de la información: cláusula de conciencia y secreto profesional (art. 20.1.d CE) |
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| Semana 3 | Tema 2. Aspectos constitucionales del derecho de la comunicación II 2.1. Conflicto de la libertad de información con bienes públicos: secretos oficiales y secreto de sumario 2.2. Responsabilidad de los medios de comunicación en el ejercicio de la libertad informativa 2.3. Conflicto con otros derechos fundamentales: honor, intimidad y propia imagen (art. 18 CE) 2.4. Derechos constitucionales en la actividad publicitaria y su protección legal 2.5. Responsabilidad civil, administrativa y penal derivada de contenidos comunicativos 2.6. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre libertad de información y sus límites |
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| Semana 4 | Tema 3. Prensa, radio y televisión. Aspectos generales y modalidades de prestación 3.1. Prensa: régimen jurídico y evolución en el entorno digital 3.2. Radio y televisión: aspectos generales y clasificación de servicios 3.3. Función informativa de los medios y exigencia de veracidad (art. 1 Ley 13/2022) 3.4. Público y privado en el mercado de la radio y televisión 3.5. Régimen jurídico de los servicios de comunicación audiovisual por operadores privados (Ley 13/2022) 3.6. Prestadores públicos del servicio de comunicación audiovisual 3.7. Responsabilidad de los prestadores audiovisuales por los contenidos difundidos |
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| Semana 5 | Tema 4. Radio y televisión. Regulación de contenidos I 4.1. Necesidad de regular los contenidos para compatibilizar libertades individuales y valores colectivos 4.2. Libertad de información y expresión: pluralismo político, social y cultural 4.3. Derecho a la diversidad cultural y lingüística en los medios 4.4. Derecho a una comunicación audiovisual transparente 4.5. Protección de los menores en los entornos audiovisuales (Ley 13/2022, cap. IV) 4.6. Derechos de las personas con discapacidad y accesibilidad universal (cap. V Ley 13/2022) 4.7. Prevención de la desinformación en medios audiovisuales |
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| Semana 6 | Tema 5. Regulación de contenidos II: comunicaciones comerciales y publicidad 5.1. Comunicaciones comerciales en medios audiovisuales: publicidad, patrocinio y product placement 5.2. Publicidad engañosa, subliminal y comparativa 5.3. Publicidad dirigida a menores y protección del consumidor 5.4. Emisiones deportivas y derechos de explotación audiovisual 5.5. Responsabilidad en la emisión y difusión de contenidos publicitarios y comerciales 5.6. Autorregulación y códigos de conducta publicitaria |
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| Semana 7 | Tema 6. Protección de datos y privacidad I: fundamentos y principios 6.1. Principios del RGPD y su aplicación al sector de la comunicación 6.2. Derechos del interesado: acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición 6.3. Bases jurídicas del tratamiento de datos en contextos comunicativos y periodísticos 6.4. Obligaciones de responsables y encargados del tratamiento en medios y plataformas 6.5. Datos sensibles, perfiles y análisis de datos en comunicación |
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| Semanas 8 | Tema 7. Protección de datos y privacidad II: sector comunicación 7.1. Tratamiento de datos personales en comunicación: periodistas, medios y plataformas 7.2. Excepciones y garantías para el tratamiento con fines periodísticos y de expresión (art. 85 RGPD, art. 26 LOPDGDD) 7.3. Riesgos legales, brechas de seguridad y notificación a la AEPD 7.4. Impacto reputacional, derecho al olvido y protección de la imagen en entornos digitales 7.5. Vigilación, cámaras de seguridad y grabaciones en medios y espacios públicos |
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| Semana 9 | Tema 8. Internet, plataformas digitales e inteligencia artificial I 8.1. Derecho, Internet y comunicación: convergencia regulatoria y nuevos modelos de prestación 8.2. Convergencia de reguladores en la ordenación de la Red (CNMC, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones) 8.3. Libertad de información y creación de empresas comunicativas en Internet 8.4. Contenidos en Internet: clasificación, régimen jurídico y límites 8.5. Responsabilidad de intermediarios, plataformas digitales y redes sociales (DSA, arts. 3–14) |
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| Semana 10 | Tema 9. Internet, plataformas digitales e inteligencia artificial II 9.1. Reglamento de Servicios Digitales (DSA): deberes de diligencia, moderación y mecanismos de notificación 9.2. Very Large Online Platforms (VLOP) y gestión de riesgos sistémicos (desinformación, discurso de odio, contenidos ilegales) 9.3. Inteligencia artificial y derecho de la comunicación: marco normativo europeo (AI Act) 9.4. Generación automatizada de contenidos y su impacto en la libertad de información 9.5. Fake news, deepfakes y veracidad informativa: regulación, etiquetado y responsabilidad 9.6. Obligación de transparencia y etiquetado de contenidos generados por IA |
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| Semanas 11 a 13 | Tema 10. Propiedad intelectual y derechos afines en la comunicación 10.1. Concepto, objeto y fundamento de la propiedad intelectual (TRLPI) 10.2. Protección de contenidos periodísticos, audiovisuales y digitales 10.3. Obras periodísticas, derechos de autor y derechos conexos en medios de comunicación 10.4. Titularidad y explotación de derechos en entornos comunicativos 10.5. Licencias, cesiones y contratos en la industria de la comunicación 10.6. Límites y excepciones: cita, información, parodia y uso educativo 10.7. Gestión colectiva de derechos y entidades de gestión 10.8. Uso de propiedad intelectual en comunicación corporativa y digital 10.9. Infracciones, sanciones y mecanismos de protección 10.10. Conflictos de propiedad intelectual en IA, agregadores y plataformas digitales 10.11. Estudio de caso práctico: derechos de autor en contenidos periodísticos y audiovisuales |
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| Semanas 14 y 15 |
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| Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. | |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de evaluación continua de actividades y resolución de supuestos o casos prácticos.
- Un examen final que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test con preguntas de opción múltiple y una parte de desarrollo teórico-práctica.
Para poder presentarse al examen final, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua:
El estudiante que se presente al examen final sin cumplir dicho requisito será calificado con un cero en él sin entrar en su corrección y consumirá convocatoria.
La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula. Dentro de la parte tipo test, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar, y si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Cuadro resumen del sistema de evaluación
| Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
|---|---|---|
| Evaluación continua de actividades | 1 | 20% |
| Resolución de supuestos o casos prácticos | 3 | 20% |
| Examen final | Sí | 60% |
| Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Originalidad de los trabajos académicos
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
Sistema de calificaciones
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU)
5.0 - 6.9: Aprobado (AP)
7.0 - 8.9: Notable (NT)
9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
Matrícula de honor (MH)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
La matrícula de honor se concede cuando el profesor lo considere oportuno en función de la excelencia de las actividades realizadas por el estudiante y las calificaciones obtenidas por el resto del grupo. No obstante, los criterios académicos de su concesión corresponden al departamento responsable de cada grado.