Cursos de Director de Seguridad

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Overview

La UDIMA, en virtud de su autonomía universitaria, oferta una serie de títulos propios junto a colaboradores, centrados en la consecución de las habilitaciones del Ministerio del Interior Español para ejercer distintas funciones en el campo de la Seguridad Privada. En concreto, las funciones propias de Director de Seguridad.

Con ellos, queremos ayudar a las personas que buscan una salida profesional en el ámbito de la seguridad privada. Este grupo de títulos propios son impartidos por colaboradores de la UDIMA y cada uno de ellos tiene una serie de características propias. Todos ellos están reconocidos para obtener la habilitación que exige la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

La formación en materia de seguridad privada viene recogida en el artículo 29 de la citada Ley, a saber:

1. La formación requerida para el personal de seguridad privada consistirá:

b) Para los jefes y directores de seguridad, en la obtención bien de un título universitario oficial de grado en el ámbito de la seguridad que acredite la adquisición de las competencias que se determinen, o bien del título del curso de dirección de seguridad, reconocido por el Ministerio del Interior.

Una vez superados los estudios, el alumno abonando las tasas correspondientes, podrá obtener su Título Propio y solicitar la habilitación ante el organismo correspondiente.

Requisitos

Los requisitos exigidos para realizar los Títulos Propios se recogen en la descripción de cada uno de ellos.

Objetives

Consecución de la habilitación de “Director de Seguridad” recogida en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. En el artículo 27 de la citada Ley vienen recogidas las prerrogativas de estas habilitaciones, a saber:

  1. Para el ejercicio de las funciones de seguridad privada, el personal al que se refiere el artículo anterior habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, en los términos que reglamentariamente se determinen.
  2. A quienes soliciten la habilitación, previa comprobación de que reúnen los requisitos necesarios, se les expedirá la tarjeta de identidad profesional, que incluirá todas las habilitaciones de las que el titular disponga.
    La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales.
  3. La habilitación de todo el personal de seguridad privada corresponderá a la Dirección General de la Policía, excepto la de los guardas rurales y sus especialidades que corresponderá a la Dirección General de la Guardia Civil.
  4. El personal de seguridad privada ejercerá exclusivamente las funciones para los que se encuentre habilitado.
  5. Reglamentariamente se determinará el régimen de incompatibilidades para el ejercicio de funciones de seguridad privada.

La UDIMA, en virtud de su autonomía universitaria, oferta una serie de títulos propios junto a colaboradores, centrados en la consecución de las habilitaciones del Ministerio del Interior Español para ejercer distintas funciones en el campo de la Seguridad Privada. En concreto, las funciones propias de Director de Seguridad.

Con ellos, queremos ayudar a las personas que buscan una salida profesional en el ámbito de la seguridad privada. Este grupo de títulos propios son impartidos por colaboradores de la UDIMA y cada uno de ellos tiene una serie de características propias. Todos ellos están reconocidos para obtener la habilitación que exige la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

La formación en materia de seguridad privada viene recogida en el artículo 29 de la citada Ley, a saber:

1. La formación requerida para el personal de seguridad privada consistirá:

b) Para los jefes y directores de seguridad, en la obtención bien de un título universitario oficial de grado en el ámbito de la seguridad que acredite la adquisición de las competencias que se determinen, o bien del título del curso de dirección de seguridad, reconocido por el Ministerio del Interior.

Una vez superados los estudios, el alumno abonando las tasas correspondientes, podrá obtener su Título Propio y solicitar la habilitación ante el organismo correspondiente.

Requisitos

Los requisitos exigidos para realizar los Títulos Propios se recogen en la descripción de cada uno de ellos.

Objetives

Consecución de la habilitación de “Director de Seguridad” recogida en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. En el artículo 27 de la citada Ley vienen recogidas las prerrogativas de estas habilitaciones, a saber:

  1. Para el ejercicio de las funciones de seguridad privada, el personal al que se refiere el artículo anterior habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, en los términos que reglamentariamente se determinen.
  2. A quienes soliciten la habilitación, previa comprobación de que reúnen los requisitos necesarios, se les expedirá la tarjeta de identidad profesional, que incluirá todas las habilitaciones de las que el titular disponga.
    La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales.
  3. La habilitación de todo el personal de seguridad privada corresponderá a la Dirección General de la Policía, excepto la de los guardas rurales y sus especialidades que corresponderá a la Dirección General de la Guardia Civil.
  4. El personal de seguridad privada ejercerá exclusivamente las funciones para los que se encuentre habilitado.
  5. Reglamentariamente se determinará el régimen de incompatibilidades para el ejercicio de funciones de seguridad privada.
  • Methodology and materials

    Teaching system and study methodology

    Metodología de estudio

    Se trata de diferente metodología en función de las características diseñadas en cada uno de los títulos impartidos. Puede cursarse en modalidad presencial, semipresencial o telepresencia, dependiendo del título seleccionado.

    Títulos y colaboradores externos

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador: ELAM GESTIÓN INTEGRAL.
    Solicitar más información en: ELAM GESTIÓN INTEGRAL S.L.

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador: GRUPO IDIS.
    Solicitar más información en: GRUPO IDIS

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador Campus Internacional para la Seguridad y la Defensa (CISDE).
    Solicitar más información en: CISDE

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador Efecto Formación.
    Solicitar más información en: Efecto formación

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador Grupo Hyppos, GSI.
    Solicitar más información mediante correo electrónico a: hypposgsi@gmail.com

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador Cenproex.
    Solicitar más información en: Cenproex

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador Grupo Delta13Sec.
    Solicitar más información en: Delta13Sec

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador Escuela Europea de Ciencias.
    Solicitar más información en: Escuela Europea de Ciencias

    Curso Superior en Dirección de Seguridad. Colaborador: NOVIS.
    Solicitar más información en: NOVIS