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1172
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Nº Créditos ECTS: |
6
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Tipo: |
Obligatoria
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Duración: |
Semestral
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Idioma: |
Castellano
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Plan de estudios: | ||
Profesor(es): | ||
Año académico: |
2022-23
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La información sobre los datos de contacto y el horario de tutorías se encuentra publicada en el aula virtual de la asignatura.
La asignatura de Derecho Sindical constituye una rama del Derecho del Trabajo que regula la constitución y actividad de los sindicatos y el derecho de huelga. El conocimiento de esta asignatura es importante para el estudiante de Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos, puesto que es necesario que tenga una visión de la libertad sindical que el ordenamiento jurídico español establece. Al señalar el derecho de los trabajadores a fundar sindicatos y a afiliarse a los de su elección, así como el derecho de los sindicatos ya constituidos al ejercicio libre de las funciones que les son atribuidas para la defensa de los intereses del trabajo asalariado y el derechos de huelga.
Antes de matricular la asignatura, verifique los posibles requisitos que pueda tener dentro de su plan. Esta información la encontrará en la pestaña "Plan de estudios" del plan correspondiente.
La metodología adoptada en esta asignatura para el aprendizaje y evaluación de sus contenidos se encuentra adaptada al modelo de formación continuada y a distancia de la UDIMA. Los conocimientos de la asignatura se adquieren a través del estudio razonado de todas las unidades didácticas del manual, así como del material didáctico complementario que se ponga a disposición de los estudiantes en el aula virtual. Además, se complementa con la acción tutorial, que incluye asesoramiento personalizado, intercambio de impresiones en los debates habilitados en foros y demás recursos y medios que ofrecen las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Por otra parte, el aprendizaje también se apoya en la realización de las actividades previstas en el aula virtual, que son de tres tipos (de evaluación continua, de aprendizaje y controles), y que vienen recogidas en el apartado “Contenidos y programación”.
Para ampliar esta información, se recomienda consultar la pestaña “Metodología y exámenes” de la titulación.
La dedicación requerida para esta asignatura de 6 créditos ECTS es de 150 horas, que se encuentran distribuidas de la siguiente manera:
El profesor aporta un seguimiento individualizado de la actividad del estudiante para asegurar las mejores condiciones de aprendizaje mediante la tutorización a través de las herramientas de la plataforma educativa y/o de las tutorías telefónicas. En estas tutorías los estudiantes pueden consultar a los profesores las dudas acerca de la materia estudiada.
Para el desarrollo del aprendizaje teórico sobre el que versará el examen final se ha seleccionado el siguiente manual, a partir del cual se estudiarán las unidades didácticas que se corresponden con la descripción de los contenidos de la asignatura:
Manual de la asignatura:
Palomeque López, M., (2020), Manual de Derecho Sindical, Madrid, CEF. Revisado por Martín Rodríguez, O.Además, se recomienda la siguiente bibliografía de consulta voluntaria:
Monereo Pérez, J.L., Molina Navarrete, C., Moreno Vida, M. (última edición) "Manual de Derecho Sindical", Comares.
Vicente Palacio, A., García Viña, J., García Ninet, J.I. (última edición) "Manual de Derecho Sindical", Atelier.
Merino Segovia, A., (última edición) "Marco Jurídico de la Negociación Colectiva", Bomarzo.
Finalmente, el profesor podrá poner a disposición del estudiante cualquier otro material complementario voluntario al hilo de las unidades didácticas o en una carpeta de material complementario.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 |
Tema 1. El sistema constitucional de relaciones sindicales. Sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales 1.1. El Derecho Sindical y la regulación jurídica de las relaciones colectivas de trabajo 1.2. La ordenación constitucional de las relaciones colectivas o sindicales 1.3. El sindicato de trabajadores y su función constitucional 1.4. La autotutela colectiva de los trabajadores: movimiento obrero y sindicalismo 1.5. La asociación de empresarios |
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Semanas 2 y 3 |
Tema 2. La libertad sindical y su tutela jurídica 2.1. La libertad sindical: titularidad y contenido del derecho 2.2. La representatividad sindical 2.3. La tutela de la libertad sindical |
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Semanas 4 y 5 |
Tema 3. Los conflictos colectivos de trabajo y los procedimientos para su solución 3.1. El concepto de "conflicto colectivo de trabajo" 3.2. Las clases de conflicto colectivo 3.3. Las medidas de conflicto colectivo 3.4. La solución o composición del conflicto colectivo y sus procedimientos 3.5. El procedimiento administrativo de conflicto colectivo 3.6. El proceso especial de conflictos colectivos 3.7. Los acuerdos sobre solución extrajudicial de conflictos laborales |
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Semanas 6 y 7 |
Tema 4. La huelga y el derecho de huelga 4.1. La huelga: concepto y clases 4.2. El derecho de huelga y su regulación jurídica 4.3. El derecho de huelga de los funcionarios públicos 4.4. El ejercicio del derecho de huelga en los servicios esenciales de la comunidad 4.5. Las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales |
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Semana 8 | Tema 5. Medidas de conflicto a disposición de los empresarios. El cierre patronal 5.1. Las medidas de conflicto colectivo a disposición de los empresarios 5.2. El cierre patronal: concepto y clases 5.3. La constitucionalidad del cierre patronal 5.4. Los supuestos legales de cierre patronal |
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Semana 9 | Tema 6. La negociación colectiva 6.1. La negociación colectiva 6.2. El convenio colectivo de trabajo: concepto y eficacia jurídica 6.3. El derecho constitucional a la negociación colectiva 6.4. Tipología de convenios colectivos 6.5. La negociación colectiva europea |
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Semanas 10 y 11 | Tema 7. El convenio colectivo de eficacia general 7.1. El convenio colectivo estatutario: eficacia personal general y régimen de inaplicación o descuelgue 7.2. Unidad de negociación y ámbito de aplicación del convenio 7.3. Los sujetos negociadores o partes del convenio 7.4. El contenido del convenio colectivo 7.5. El procedimiento de negociación 7.6. La impugnación judicial del convenio |
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Semana 12 | Tema 8. La representación unitaria de los trabajadores en los centros de trabajo: delegados de personal, comités de empresa y órganos de representación en las Administraciones Públicas 8.1. La representación unitaria o colectiva de los trabajadores en la empresa 8.2. La representación de los funcionarios en las Administraciones públicas 8.3. La representación especial en materia de prevención de riesgos laborales 8.4. El derecho de reunión en los centros de trabajo |
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Semanas 13 y 14 |
Tema 9. La representación sindical de los trabajadores en los centros de trabajo: secciones y delegados sindicales 9.1. La representación sindical de los trabajadores en los centros de trabajo 9.2. El derecho de los trabajadores afiliados a un sindicato a la actividad sindical en el centro de trabajo 9.3. Las secciones sindicales 9.4. Los delegados sindicales 9.5. Los permisos para la realización de funciones sindicales |
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Semana 15 | Tema 10. La representación de los trabajadores en el espacio europeo 10.1. El debate europeo sobre la participación de los trabajadores en la empresa 10.2. Las formas institucionales de "implicación" de los trabajadores en la sociedad anónima europea: información, consulta y participación 10.3. Los comités de empresa europeos y los derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresa de dimensión comunitaria |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
(*) Las fechas concretas se pueden consultar en el aula virtual de la asignatura y en la pestaña de “Precios, Calendario y Matriculación” de la titulación.
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de tres partes: tipo test (3 puntos); preguntas teóricas a desarrollar (4 puntos); supuesto práctico (3 puntos). El alumno para aprobar el examen deberá tener en una puntuación mínima en cada una de las partes de un punto. De no obtener la puntuación mínima exigida en cada una de las partes, la calificación del examen, en este caso, será como máximo de cuatro puntos.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: realizar y aprobar la totalidad de los controles y realizar y aprobar dos de las tres actividades de evaluación continua contemplados en el apartado de "Contenidos y programación" de la asignatura y alcanzar una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.El estudiante que se presenta al examen sin cumplir requisitos, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Número de actividades planificadas | Peso calificación |
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Actividades de aprendizaje |
3
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10%
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Actividades de Evaluación Continua (AEC) |
3
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20%
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Controles |
4
|
10%
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Examen final presencial |
Si
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60%
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TOTAL | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre. El estudiante que no se presente a la convocatoria de febrero y/o de julio ni a la de septiembre, perderá automáticamente todos los trabajos realizados a lo largo del curso. Deberá en este caso matricularse de nuevo en la asignatura.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 – 4.9: Suspenso (SU) 5.0 – 6.9: Aprobado (AP) 7.0 – 8.9: Notable (NT) 9.0 – 10: Sobresaliente (SB) Matrícula de honor (MH)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
La matrícula de honor se concede cuando el profesor lo considere oportuno en función de la excelencia de las actividades realizadas por el estudiante y las calificaciones obtenidas por el resto del grupo. No obstante, los criterios académicos de su concesión corresponden al departamento responsable de cada grado.